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                                        Servicio de Cliente

 Como Paciente, Usted Tiene Derecho a ...

• Recibir una atención considerada, respetuosa y segura.

• Redactar Instrucciones Anticipadas o una Declaración de Opción de Muerte Digna. Notifique a su enfermera o a la Oficina de Admisión para obtener mayor información.

• Saber los nombres y cargos de las personas que lo están cuidando.

• Recibir información sobre el dolor y los analgésicos para el dolor.

• Recibir una explicación de su diagnóstico, tratamiento y resultado esperado en palabras fáciles de entender.

• Tomar parte en las decisiones acerca de su programa planificado de atención y dar su autorización antes de iniciar cualquier procedimiento o tratamiento.

• Negarse a recibir tratamiento en la medida en que la ley se lo autorice, y recibir información sobre los riesgos médicos que implican su negativa.

• Hacer que todas las comunicaciones y registros relacionados con su tratamiento médico sean tratados como información privada y hacer que el personal del Hospital honre su privacidad personal.

• Permanecer libre de cualquier dispositivo que restrinja sus movimientos o lo aíslen en alguna forma, a menos que su médico determine que estas medidas son necesarias. Dichos dispositivos nunca deberán ser usados como un medio de coerción, disciplina, conveniencia o represalia.

• Recibir explicación completa sobre cualquier investigación o procedimiento experimental sugerido como tratamiento, y dar su consentimiento antes de iniciar cualquiera de dichos procedimientos.

• Recibir una explicación acerca de la atención que usted requerirá después de salir del Hospital.

• Recibir una copia de su recibo de pago y una explicación sobre su contenido.

• Conocer las normas y reglamentos del Hospital que se aplican a su conducta como paciente.

• Presentar una reclamación y hacer que el Hospital lo investigue. Comuníquese con el Departamento de Relaciones con el Paciente al (203) 573-7386. Si la reclamación no fue resuelta a su entera satisfacción, usted tiene el derecho de contactarse con el Departamento de Salud Pública del Estado de Connecticut al 860-509-7400, o a la Comisión Conjunta al 800-994-6610. Llame al anexo 7386 en caso de requerir ayuda.

• Cualquier persona que autorice una autopsia tiene el derecho a que dicho procedimiento se realice en Waterbury Hospital y que sea asistido por cuenta propia de un médico no afiliado y / o solicitar que la autopsia se realice por cuenta propia de un médico calificado en una institución no afiliada O en Waterbury Hospital.

• Averiguar y recibir información sobre la existencia de convenios comerciales entre el hospital, instituciones educativas, otros proveedores o pagadores de servicios de salud que puedan influir en el tratamiento y atención al paciente.

• Recibir visitantes que usted haya designado a menos que dicha presencia infrinja otros derechos, que esté contraindicado por cuestiones médicas o terapéuticas o por cuestiones de seguridad o prohibir la visita de una persona. Los visitantes designados pueden ser el cónyuge, conviviente (incluyendo conviviente del mismo género), amigo o miembro de la familia. Una persona de apoyo puede hacer esta designación en su nombre si usted lo considera apropiado.

• Utilizar los servicios religiosos u otros servicios espirituales que el hospital disponga.

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